Nueve meses después de que la comunidad Achagua del Resguardo Turpial- La Victoria solicitara a la Alcaldía de Puerto López y a la Gobernación del Meta las medidas necesarias para superar la falta de agua, el gobierno encontró una salida temporal a la grave situación enfrentada por esta comunidad.

 

La ausencia de este líquido vital para la vida humana, se produjo a finales del mes de mayo del año pasado, cuando un movimiento telúrico derrumbó el pozo de agua que surte más de 100 familias achaguas.

 

Sólo hasta esta semana, la Alcaldía de Puerto López a través de un acuerdo con la Empresa Oleoductos del Llano ODL, encontró una salida temporal al problema, Proveer de agua a la comunidad durante 45 días por medio de un carro tanque, mientras inicia la construcción de un nuevo acueducto para la comunidad achagua, que confía en que dicho acuerdo sea cumplido.

 

En varias oportunidades la comunidad había solicitado la intervención de las autoridades, sin obtener respuestas efectivas a la situación. Finalmente, y ante la advertencia hecha por el gobernador del resguardo Marcos Arrepiche al Alcalde, de instaurar una Acción de Tutela para defender los derechos fundamentales que estaban siendo vulnerados a cada uno de los miembros de su comunidad, se convino esta solución.

 

Los nueve meses sin agua resultaron "insoportables" para el pueblo achagua, los miembros de la comunidad se veían obligados a caminar un kilómetro y medio diario, para proveerse del agua del Caño Humapo.

 

Este caño se encuentra en el mismo resguardo pero presenta niveles de contaminación porque suele ser el bebedero de agua del ganado, además, durante este período la comunidad lo ha usado como lavadero de ropa, sanitario, bañadero, y en fin, toda clase de actividades que ensucian el agua ocasionando afectaciones a la salud de algunos habitantes, en especial, de los niños.

 

La acción de tutela es un mecanismo jurídico que contempla la constitución colombiana, que le permite a cualquier persona, sin necesidad de un abogado, exigir a una entidad pública -o en ciertos casos privada-, el respeto a derechos fundamentales.

 

En este caso, en que la omisión de prestar el servicio público del agua, una de las principales funciones constitucionales de los municipios y departamentos, estaba poniendo en riesgo la vida, la salud y el medio ambiente sano a cada uno de los miembros de la comunidad. Además, estaba violando la obligación del Estado de proteger la integridad étnica y cultural de los Achaguas, más aun cuando se trata de un pueblo en vía de extinción.

 

Según Sandra Naranjo, asesora jurídica de la Fundación Hemera para el fortalecimiento del Sistema de Información Etnias de Colombia y asesoría legal a indígenas, "a todas luces resultaba viable realizar una acción de tutela que consistiría en un reclamo escrito al juez, solicitando el amparo de los derechos vulnerados por las autoridades, para que le ordene al alcalde y al gobernador la provisión inmediata de este líquido fundamental para la vida de todos los miembros de la comunidad Achagua, especialmente de los niños.

 

Entre tanto, la comunidad y entidades de apoyo estarán atentas al cumplimiento de las promesas de alcalde.

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