Por Fundación Hemera/ Andrés Peña
El pasado sábado parte de la comunidad muisca de Fonquetá y Cerca de Piedra se reunieron en la Casa Indígena ubicada en el municipio de Chía para iniciar con la construcción de su propio Plan de Vida.

 

Las comunidades indígenas tienen el derecho a planificar su propio desarrollo de acuerdo con sus propias leyes y costumbres. En particular los indígenas puedan hacer uso de diferentes herramientas de planificación, como lo son los instrumentos de ordenamiento territorial y el plan de desarrollo propio.


En el caso indígena, el plan de vida se asemeja al plan de desarrollo elaborado por las entidades territoriales. No obstante el cambio de denominación se fundamentó en el reconocimiento de la diversidad étnica y cultural y la existencia de diferentes concepciones sobre el significado de “desarrollo”


El Decreto 1953 de 2014 o decreto autonómico amplio la autonomía administrativa de los territorios indígenas permitiendo que estos puedan constituirse como entidades territoriales, como un primer requisito, la norma exige la construcción de un Plan de Vida.

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