SIEC. Ecoportal. Caracas, Venezuela. La Enmienda Constitucional fue aprobada con mayor cantidad de votos en los estados con población indígena como Delta Amacuro con 73,77% y Amazonas 72,21%, según indican los resultados emitidos por el Consejo Nacional Electoral (CNE), el domingo 15 de febrero.

El Sí a la enmienda de cinco artículos de la Carta Magna triunfó con el porcentaje más alto de votos, es decir más de 71%.

De igual forma, obtuvo el 63,50% de los votos en el estado Monagas y 57,36% en Bolívar, en los cuales también existe una importante representación de los pueblos originarios del país.

En este sentido, la postulación continua de los cargos de elección popular fue probada con el tercer porcentaje de votación más alto en el estado Sucre (67,79%). En Apure con 66,48, mientras que en el Zulia el Sí obtiene 47,29%, pierde por un promedio de 5 puntos.

Le Enmienda Constitucional permitirá la postulación continua de los cargos de elección popular como Presidente o Presidenta de la República (artículo 230), gobernadores y gobernadoras (160), alcaldes y alcaldesas (174), diputados y diputadas nacionales (192) y diputados y diputadas regionales (162).

La propuesta fue respaldada por representantes de los pueblos indígenas del país, a objeto de permitir la continuidad de los programas de atención y desarrollo integral de las comunidades originarias de Venezuela que adelanta el Ejecutivo Nacional.

Durante los 10 años del Gobierno que preside el Presidente Hugo Chávez Frías se han reivindicado los derechos de los pueblos indígenas, mediante leyes promulgadas por la Asamblea Nacional (AN) para proteger y garantizar los derechos humanos, económicos y culturales de las comunidades ancestrales.

Diversos programas se han puesto en práctica para garantizar la atención en salud, acceso a la vivienda, agua potable, vialidad, agricultura y alimentación a las comunidades indígenas, ubicadas en los estados Amazonas, Apure, Delta Amacuro, Monagas, Bolívar, Sucre y Zulia, entre otros.

Durante la gestión revolucionaria también se creó el Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas, ente que trabaja en conjunto con otras instituciones del Estado en torno a diversos programas de atención integral para los pueblos originarios.

Por su parte, la AN para garantizar los derechos ancestrales de los pueblos originarios a la tierra y a la cultura promulgó la ley de Demarcación y garantía del Hábitat y Tierras de los Pueblos Indígenas, la ley Orgánica de los Pueblos y Comunidades Indígenas y la ley de Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

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