En el marco de la 24 Sesión del Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas que se viene realizando desde el 31 de julio y hasta el 4 de agosto, en las Naciones Unidas (Ginebra, Suiza), una delegación indígena de las organizaciones Centro de Cooperación al Indígena (CECOIN), Organización Indígena de Antioquia (OIA) y el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC),  presentaron una declaración sobre la presencia militar en territorios indígenas, que se hace pública en este documento.

 

Según señaló Patricia Borraz del Grupo Intercultural ALMACIGA, los representantes indígenas señalan los graves impactos que sobre los pueblos indígenas tiene la política de Seguridad Democrática del gobierno colombiano y las masivas violaciones que sufren todos los pueblos indígenas de Colombia debido a la militarización y la presencia del conflicto en sus territorios. La declaración hace las siguientes recomendaciones:

 

"Respetuosamente solicitamos al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que ratifique las recomendaciones hechas por el Relator Especial para pueblos indígenas en el caso colombiano, y que en consecuencia inste al gobierno a cumplir con sus obligaciones internacionales. En particular, y en referencia al tema que ocupa a este Grupo de Trabajo, consideramos de alta importancia para los pueblos indígenas y para la paz en Colombia la creación de la comisión independiente para vigilar la aplicación del DIH en los territorios indígenas y el respeto a las zonas desmilitarizadas indígenas que se proponen o que se construyan de hecho por las autoridades de los pueblos.

 

De forma urgente se requiere que los Estados se comprometan en la realización de los estudios de impacto ambiental y socio-cultural previamente a la construcción de obras militares en territorios indígenas, y por consiguiente que realicen sin obstrucción las consultas previas previstas en el Convenio 169 de la OIT. Este proceso de consulta debe conducir a conversaciones donde prime el consentimiento libre e informado como criterio de realización de las obras".

 

Declaración:

 

A. Se siguen militarizando arbitrariamente los territorios indígenas y la violación de los derechos humanos no disminuye

 

1. El gobierno colombiano se ha esforzado en hacer creer a la opinión pública, que la denominada “política de seguridad democrática” es una estrategia eficaz para garantizar los derechos humanos a los pueblos indígenas. El gobierno muestra como un logro la mayor presencia de la fuerza pública en los territorios indígenas y sostiene que hay una disminución de los hechos violatorios de los derechos humanos. Sin embargo, esta política no ha significado en ninguno de sus elementos una disminución de la violencia contra los indígenas, y por el contrario, todos los indicadores de violencia se incrementaron.

 

2. Desde el año 2003, el gobierno instaló 6 nuevos Batallones de Alta Montaña (BAM). Todos ellos afectan directamente a territorios indígenas. 

 

3. El Sistema de Información de CECOIN, construido con base en la información de los propios pueblos y organizaciones indígenas, registra que en este gobierno se han presentado por lo menos 1.643 casos de violencia política contra indígenas, frente a los 1.231 que tuvieron lugar en el gobierno anterior, consistentes especialmente en los asesinatos políticos, las detenciones arbitrarias, los heridos por abuso de autoridad y las amenazas individuales. Al mismo tiempo, el número de desplazados forzadamente no merma, y por el contrario se incrementa a niveles alarmantes. De más de 5.100 personas indígenas desplazadas, registradas en 2002 se pasó a más de 23.700 en 2005, mientras en 2006 la cifra ya asciende a 5.487 personas; estos desplazamientos corresponden principalmente a casos ocurridos en los departamentos de Chocó, la Guajira, Nariño, Cauca y el Huila, las zonas donde se incrementó la presencia militar del Estado.

 

4. El Sistema de Información de CECOIN, con base en las denuncias de las comunidades, indica que todas las variables de violencia política incrementaron la participación absoluta y proporcional de agentes del Estado.  De 276 violaciones a los derechos humanos e infracciones al DIH, registradas en el período de 1998 a 2002, cuyos presuntos autores son agentes, se aumentó a 666 casos en el período 2002-2006.

 

B. La presencia militar es un detonante de la violación de los derechos humanos  

 

5. Además de los Batallones de Alta Montaña y las Brigadas Móviles, la utilización directa de territorios indígenas para construir instalaciones militares es factor recurrente de la política gubernamental, tal como ha sucedio en el caso de los indígenas Guayaberos, los indígenas Uitoto del Predio Putumayo; en inmediaciones de los Resguardos de Coco Viejo y Coayaré (territorio de los Curripacos en el Guainía, en Puerto Inírida), en el resguardo de Sabanitas. En Barranco Minas, territorio de los Piapoco del Guainía y Vichada, 2.000 infantes de marina y 1.000 soldados ocupan escuelas, sede de la organización indígenas y territorio. En Carurú (Vaupés) y en Taraira ha ocurrido otro tanto.

 

6. Ninguna de estas bases, ni los Batallones de Alta Montaña, se ha construido con un proceso previo de consulta como lo establece el Convenio 169 de la OIT y el Decreto 1397 de 1996. Tampoco se han realizado los estudios de impacto ambiental y socio-cultural que deberían tener. No hay un caso en que se haya hecho con el consentimiento libre e informado de los pueblos indígenas.

 

7. La protección de estas bases militares se hace con minas antipersona, alambradas, trincheras excavadas y los mecanismos de vigilancia de guerra casi siempre movidos por la paranoia.  Estas medidas han dejado víctimas indígenas como es el caso de San José del Guaviare y de un pescador Curripaco.

 

8. Las bases militares modifican el conjunto de dinámicas socio-culturales indígenas, la calidad y usos de las tierras, y las dinámicas poblacionales de la fauna. En un reciente taller de mujeres indígenas (julio 14 al 16 de 2006), las participantes hicieron denuncias sobre cientos de casos de jóvenes embarazadas y madres solteras como resultado de relaciones sexuales con soldados e infantes de Marina, las cuales no son consentidas o son mediadas por el engaño. En Puerto Inírida se reportan 123 denuncias de abusos contra jóvenes mujeres indígenas, en San José de Guaviare se conocen 5 casos de indígenas embarazadas, y en Atánquez (Sierra Nevada de Santa Marta) se ha recibido denuncias de mujeres Kankuamas igualmente embarazadas por soldados regulares.

 

 

9. Se presenta la utilización de nombres indígenas para sus operaciones, grupos de tarea e intalaciones; en San José del Guaviare el gobierno sigue utilizando el nombre “Nukak” para identificar una Escuela de Formación de Contraguerrilla precisamente en cercanías del territorio Nukak y en medio del Resguardo de los Guayaberos.

 

10. Las fuerzas militares en territorios indígenas suplantan a las autoridades indígenas, interviniendo en problemas comunitarios y aplicando justicia de forma arbitrariaEn la Alta y Media Guajira son reiteradas las denuncias por la prohibición que han hecho a los palabreros del pueblo wayuu para mediar en los conflictos interclaniles.

 

11. Las fuerzas militares, asumen que los indígenas deben prestar apoyo a sus acciones militares, y ante la negativa indígena a ser involucrados, son señalados como simpatizantes de la insurgencia.

 

12. Las fuerzas militares en territorios indígenas están involucradas en varios de los asesinatos de indígenas detenidos y posteriormente presentados como “muertos en combate”; tal como sucedió en el caso del asesinato de un indígena Kankuamo, el cual recientemente tuvo sentencia condenatoria.

 

 

13. El gobierno ha justificado la presencia militar en territorios indígenas arguyendo la protección de la infraestructura productiva del país y la soberanía. La evidencia indica, por el contrario, que en muchos casos se trata de intimidar a las comunidades que resisten a la imposición de obras de infraestructura y grandes proyectos de obras civiles e inversión, como la Represa Urrá, los bloques petroleros en Putumayo, Llanos Orientales y Cordillera oriental, o las plantaciones de palma africana y bosques maderables.

 

14.  En lo relacionado con la presencia militar en nuestros territorios, la respuesta del Estado a la recomendación del Relator es desafiante frente a la comunidad internacional. En efecto, el Relator insistió en atender prioritariamente la demanda de los pueblos indígenas para que todos los actores armados respetaran las zonas neutrales y desmilitarizadas indígenas, y resaltó la urgencia de crear zonas de paz indígenas libres de cualquier operación militar, bajo supervisión internacional. Hace 3 meses, en reunión entre funcionarios del Estado, delegados de la ONIC y del Consejo Regional Indígena de Risaralda CRIR y el Comandante de la Brigada del Ejército con sede en Pereira, en el marco del Proyecto de Comunidades en Riesgo del Ministerio del Interior, este último oficial frente a delegados de la Defensoría del Pueblo afirmó que no reconocía ninguna autonomía de los territorios indígenas, que no aceptaba que hubieses colombianos especiales, y que lo que realmente había en esas regiones (se refería al territorio Embera Chamí de Risaralda) eran “terroristas disfrazados de indígenas”. De más está decir que ante tales posturas una posible zona desmilitarizada indígena sería atacada militarmente por el Estado.

 

D. Se siguen requiriendo las recomendaciones del Relator Especial

 

15. Respetuosamente solicitamos al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que ratifique las recomendaciones hechas por el Relator Especial para pueblos indígenas en el caso colombiano, y que en consecuencia inste al gobierno a cumplir con sus obligaciones internacionales. En particular, y en referencia al tema que ocupa a este Grupo de Trabajo, consideramos de alta importancia para los pueblos indígenas y para la paz en Colombia la creación de la comisión independiente para vigilar la aplicación del DIH en los territorios indígenas y el respeto a las zonas desmilitarizadas indígenas que se proponen o que se construyan de hecho por las autoridades de los pueblos.

 

16. De forma urgente se requiere que los Estados se comprometan en la realización de los estudios de impacto ambiental y socio-cultural previamente a la construcción de obras militares en territorios indígenas, y por consiguiente que realicen sin obstrucción las consultas previas previstas en el Convenio 169 de la OIT. Este proceso de consulta debe conducir a conversaciones donde prime el consentimiento libre e informado como criterio de realización de las obras.
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