El Senado de Colombia avanza a toda marcha en la aprobación del Proyecto de ley "Por la cual se crean y se desarrollan las Zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social (Zidres), a pesar de la oposición de los indígenas.


El proyecto, que ha sido ampliamente criticado por la bancada del Polo Democrático Alternativo, también ha tenido observaciones por parte de la bancada indígena, que desde un primer momento planteó que este proyecto debió haber sido sometido a Consulta Previa.

Hace varias semanas, los indígenas anunciaron que no se podía continuar con los debates al proyecto, toda vez que "el pueblo indígena Sikuani, con la coadyuvancia de la Organización nacional indígena de Colombia –ONIC-, y la organización de Pueblos Indígenas de la Amazonía, interpusieron una acción de tutela por el trámite del proyecto de ZIDRES, en cabeza de los ministros de Agricultura y del Interior, fundamentada en la vulneración de los derechos fundamentales a la consulta previa y el territorio".

Previamente, los indígenas habían solicitado conceptos a la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior, entidad que conceptuó mediante oficio del 7 de julio de 2015, que era necesario adelantar un proceso de consulta previa para el trámite del proyecto de ley 223/15 Cámara.

En su escrito, el director de esta entidad, Alvaro Echeverry Londoño conceptuó que "para el caso concreto, en la necesidad o no de realizar consulta previa para el proyecto de Ley Nº 223 de 2015 por la cual se crean y se desarrollan las zonas de interés de desarrollo rural económico y social ZIDRES, la Dirección consideró que para el caso en concreto si es necesario adelantar un proceso de consulta previa...."

Para el señor Echeverry, en el proyecto "se observan disposiciones que pueden incidir de manera directa y específica sobre las comunidades étnicas asentadas en la zona donde se habrá de implementar actividades de monocultivos en la Altillanura colombiana; disposiciones que precisamente deben ser objeto de consulta para que con la participación de las comunidades se determine si estas pueden alterar su estatus en su calidad de tales".

Extrañamente, el Señor Echeverry modificó su concepto, luego que el gobierno central expresara sus consideraciones sobre la interpretación de la norma y asegurara que dicha iniciativa legislativa no requería de Consulta Previa, "como quiera que el mismo no desencadena en una afectación directa a sujetos colectivos susceptibles de derechos constitucionales protegidos, entendida dicha afectación como una intromisión intolerable a su calidad de vida y costumbres".

Por su parte, la Procuraduría General de la Nación también había conceptuado sobre la necesidad de realizar la Consulta Previa. En concepto del Ministerio Público, "la constitución de ZIDRES en los departamentos de Meta y Vichada afectan directamente a los pueblos indígenas allí asentados, por dos razones: Primero por cuanto estos pueblos han sido víctimas de la violencia, al punto que la Corte Constitucional los incluyo en el listado de pueblos en riesgo de exterminio cultural, segundo por cuanto el Estado no ha sido diligente en el trámite de procesos de constitución y ampliación de resguardos, que suman 54 procesos en esos dos departamentos sin que se les haya dado ningún trámite, sino por el contrario ha titulado predios presuntamente baldíos, a particulares sin ningún derecho, que corresponden a territorios ancestrales de las comunidades indígenas y que han sido solicitados para constitución y ampliación de resguardos, en expediente que se encuentran convenientemente engavetados y refundidos en las oficinas de INCODER, sin que se adelanten los trámites respectivos".

A pesar de la alerta generada por el senador Luis Evelis Andrade Casamá, quien fuera presidente de la ONIC por nueve años y quien es un líder avezado en el manejo de este instrumento, toda vez que bajo su presidencia en la ONIC, los indígenas lograron tumbar varios proyectos de gran sensibilidad para el gobierno, entre ellos, la Ley Forestal y el código minero, los senadores hicieron caso omiso a su llamado.

Según los ponentes, el proyecto está blindado, toda vez que en el artículo 29 se plantea que "No podrán constituirse ZIDRES en territorios declarados como resguardos indígenas, zonas de reserva campesina debidamente establecidas por el INCODER, o quien haga sus veces, y territorios colectivos titulados". Para darles mayor seguridad jurídica a los congresistas, a este artículo se le adicionaron dos parágrafos, uno que le otorga a "Los consejos comunitarios y/o autoridades reconocidas legalmente como representantes de las zonas de reserva campesina y territorios colectivos titulados la prerrogativa de ser incluidos dentro de los procesos de producción establecidos para las ZIDRES".

El segundo parágrafo, apunta salvar la decisión del legislador estableciendo que "Previo a la declaratoria de una ZIDRES, se deberá agotar el trámite de consulta previa de conformidad con el artículo 6° del Convenio 169 de la OIT, siempre y cuando el Ministerio del Interior certifique la presencia de comunidades étnicas constituidas en la zona de influencia de la declaratoria.

Para el senador indígena esta alternativa es interesante, pero no resuelve el problema, toda vez que la salvaguarda hace referencia a la Consulta Previa de lo que podría ser asimilado a un proyecto que impacta a una comunidad, en este caso las ZIDRES, pero la norma es taxativa en la obligatoriedad que tiene el gobierno de realizar la consulta de los proyectos de Ley, previo a su presentación, cosa que no se hizo. A juicio del senador indígena, este procedimiento contradice o hace una interpretación errónea de lo expresado en el convenio 169 de la OIT y en la ley 21 de 1991.

Para el senador Luis Evelis Andrade, el que el gobierno hubiese incluido estos parágrafos en el artículo 29 no tenía ninguna utilidad, más allá de generarse asimismo una falsa expectativa sobre ulterior desarrollo del proyecto, con la participación de las comunidades étnicas.

Lo cierto es que los ponentes de las ZIDRES desestimaron las proposiciones de los indígenas y a estos no les quedó más remedio que reiterarles lo sucedido con otros proyectos, máxime cuando en esta ocasión, ellos mismos presentaron las proposiciones para coadyuvar a un proyecto que no vulnerara sus derechos.

Escribir un comentario

Código de seguridad
Refescar