Imponer a la empresa Oleoductos de los Llanos Orientales S.A. la medida preventiva consistente en la suspensión inmediata del tránsito de vehículos, maquinaria, equipos, materiales u otros elementos relacionados con la construcción y operación del oleoducto por los accesos viales que esta usando la citada empresa para conectar los predios La Leona y las Ochocientas con el corredor del oleoducto de los llanos y por la vía de acceso existente dentro del Resguardo u otros accesos no autorizados por el Ministerio que atraviesen el Resguardo.
Por otro lado, se impuso a la empresa la medida preventiva de presentación de un término no mayor de tres meses, un estudio que evalúe las afectaciones causadas sobre el entorno económico y físico biótico, por las obras que conectan los predios La Leona y las Ochocientas con la vía existente del resguardo y que presente las medidas mitigatorias compensatorias correspondientes para aprobación por parte del Ministerio.
Finalmente, el Ministerio, ordenó abrir investigación administrativa de carácter ambiental a la empresa ODL por la presunta violación de la normatividad ambiental vigente.