Maria Isabel Urrutia, representante de comunidades afrocolombianas en el Congreso de la República, presentó este 23 de agosto un proyecto para penalizar actos discriminatorios en materia racial, cultural, nacional o étnica.
“En la actualidad la discriminación por motivos raciales, no obstante los esfuerzos realizados, no ha desaparecido, y más que nunca, se hace urgente un proyecto de ley que busque sancionar fuertemente dicha conducta atentatoria de la igualdad de derechos, de la dignidad de la persona, la convivencia entre los pueblos y la paz entre las nacionesâ€, afirma Maria Isabel Urrutia en la presentación de su proyecto
En el proyecto que consta de 10 artÃculos, se penalizarÃa a aquéllos actos de discriminación, segregación y persecución basados en motivos raciales, de color, linaje u origen nacional, étnico o cultural, en que se puedan encontrar las personas sobre las cuales recae el bien jurÃdico que se tutela, esto es, la libertad, igualdad y dignidad personal.
Definiciones que permitirán ejercer el derecho
Para este proyecto la Representante generó 4 definiciones claras para ejercer el derecho, y la congresista precisa que las definiciones se hicieron a partir de lo establecido por la Real Academia de la Lengua, la Jurisprudencia Constitucional y los Tratados Internacionales sobre derechos humanos.
La primera definición que expone el proyecto es discriminación, la cual es especificada como “todo acto o comportamiento que involucre un trato de inferioridad, menosprecio o exclusión contra una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, fundado en motivos raciales, religiosos, polÃticos o culturalesâ€.
La segunda es discriminación Racial, que definió como “todo acto o comportamiento de distinción, exclusión o restricción contra una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, basado en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico, que tenga por objeto o por resultado, anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en la esfera polÃtica, económica, social, cultural o en cualquier otra órbita de la vida pública o privadaâ€.
La tercera definición es segregación racial, es decir, todo acto o comportamiento dirigido a la separación y marginación de una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, fundada en motivos de discriminación racial; y por último define la persecución racial como todo acto o comportamiento encaminado a molestar, fastidiar o conseguir que alguien sufra o padezca aflicción alguna, procurando infligirle el mayor daño posible por motivos de discriminación racial.
Penalización
El proyecto propone que la penalización para quienes incurran o promuevan actos discriminatorios, de segregación o de persecución por motivos de raza, color, linaje u origen nacional, étnico o cultural, incurrirá en prisión de 1 a 4 años y tendrá que pagar una multa de 5 a 20 salarios mÃnimos legales mensuales vigentes.
En algunas circunstancias las penas previstas se aumentarÃan de una tercera parte a la mitad cuando: la conducta se realice en espacio público, establecimiento público o lugar abierto al público; se realice a través de la utilización de medios de comunicación masiva; se realice mediante la utilización de panfletos o propaganda escrita; se efectúe en la prestación de un servicio de salud; se efectúe en la prestación de un servicio público; se dirija contra un menor de edad; se realice por un servidor público con ocasión o en el ejercicio de sus funciones; y se realice por un particular en el cumplimiento de funciones públicas.
La Representante hace énfasis en la importancia de promover este proyecto, “la discriminación racial, junto con sus manifestaciones de segregación y persecución, desconocen principios superlativos constitucionales, atenta contra los derechos fundamentales de igualdad y dignidad humana, promueve la intolerancia, el odio y la violencia, y pone en riesgo la convivencia entre los pueblos y la paz entre las naciones del mundo; por lo cual deberán ser establecidos como conductas punibles a la luz de la Constitución, de las Leyes y de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, en protección de los individuos y grupos o comunidades raciales, étnicas y de minorÃas nacionalesâ€.
Maria Isabel Urrutia afirmó que mediante la penalización de estas acciones, no solo se busca la protección de la igualdad en un sentido formalista ante la ley, sino que también busca contrarrestar las desigualdades reales que se presentan en el campo social, económico y polÃtico. Y agregó que el proyecto de ley no solo hace referencia como sujeto pasivo de la discriminación a la persona en tanto individuo, sino que de igual forma como miembro de un grupo o colectividad. De ahà que se busque tanto la protección a nivel individual como grupal.