Por primera vez se presenta una Guía para llevar casos de Violencia Sexual cometidos en el conflicto armado colombiano. La Guía es elaborada por la Corporación Humanas, un Centro Regional de Derechos Humanos y Justicia de Género, que desde el 2008 se encuentra trabajando en ella, y contó con el apoyo de UNIFEM y la Agencia de Cooperación Sueca, ASDI.

En Colombia, en estos últimos años se ha venido conociendo la magnitud del problema de la violencia sexual en el marco del conflicto y aún no se ha juzgado ningún caso, a pesar de que todos los grupos armados involucrados en el conflicto armado han usado la violencia sexual como un arma de guerra.

En abril del 2008 la Corte Constitucional expidió el Auto 092 en el que afirmó que "la violencia sexual es una práctica habitual, extendida, sistemática e invisible en el contexto del conflicto armado colombiano, así como lo son la explotación y el abuso sexual".

Gracias a este Auto, en enero de 2009 la Fiscalía presentó a la Corte Constitucional un informe en el que reportó 183 casos de violencia sexual ocurridos en medio del conflicto armado desde 1993 hasta el 2008 en 26 departamentos del país. De los casos reportados, la mayoría son atribuidos a paramilitares (106), a policías y militares (43) y a grupos de guerrillas (15). El informe señala que en los casos reportados se presentaron violaciones, esclavitud sexual, tortura, prostitución y detención arbitraria.

La Guía se elaboró luego de analizar 276 casos de violencia sexual. De acuerdo con Cecilia Barraza, Directora de la Corporación Humanas, la Guía es "una propuesta argumentativa para la judicialización de los casos de violencia sexual como constitutivos de tortura con el carácter de crímenes de guerra y/o de lesa humanidad. Llevar adelante la judicialización con este propósito permitiría avanzar en el reconocimiento de la gravedad de la violencia sexual, descentraría la prueba del crimen del cuerpo de la víctima y responsabilizaría a los autores materiales, los propiciadores y los cómplices por fuera del ámbito de la sexualidad o patologías del perpetrador para ubicarla como una estrategia de guerra".

La Guía se construyó tomando como referentes los casos que se han juzgado a nivel internacional, como los de los Tribunales Penales Internacionales para Ruanda (TPIR) y para la ex Yugoslavia (TPIY). Se han recuperado los argumentos expuestos por los y las fiscales e identificado las características de las pruebas que permitieron comprobar la responsabilidad en el crimen cometido, así como quienes lo ordenaron, indujeron, fueron cómplices, encubridores o colaboradores.

Dos aspectos adicionales dan estructura a la Guía. El primero es que la jurisdicción en la que se van a llevar los procesos es la nacional y la segunda que los delitos sexuales cometidos en el marco del conflicto armado están cobijados por distintas normativas en razón de los cambios sufridos por éstos en los últimos años en Colombia.

Según Barraza, la Guía está dirigida a organizaciones de mujeres, de víctimas, de derechos humanos y abogados/as interesados en realizar litigio a favor de mujeres víctimas de violencia sexual en el marco del conflicto armado. También es una herramienta para los operadores/as de justicia porque les permite leer la normativa interna a la luz de los estándares internacionales de los derechos humanos de las mujeres y les permite incorporar en su ejercicio una mirada género sensitiva a las múltiples violaciones de derechos que ha dejado el conflicto.

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