1. Enfoque de la situación.

El mayor cambio ocurrido con la suscripción y adopción del Convenio sobre la Diversidad Biológica, CDB, en la Cumbre de la Tierra (Río de Janeiro/92) fue que los recursos genéticos de patrimonio universal pasaron a ser de propiedad soberana de los Estados Nacionales. Entonces, teniendo presente que estos recursos son una fuente de ingresos para los pueblos que dependen de ella, las Partes llegaron a consensuar en tres principios básicos para su aprovechamiento: la conservación, el uso sostenible y la distribución equitativa de beneficios. Es sobre esta base de principios que se orientan las políticas y planes de acción gubernamentales sobre los recursos biológicos para luchar contra la pobreza de los países del Sur, así como de las comunidades indígenas y locales.

No está por demás indicar que casi el 100% de los “refugios” de la biodiversidad están en áreas mantenidas por las comunidades indígenas y/o agrícolas del Sur, o colindan con ellas. El 90% de las tierras y aguas con mayor diversidad biológica no tienen protección gubernamental y son mantenidas exclusivamente por comunidades rurales. El 99% de todos los expertos con práctica en biodiversidad son miembros de las comunidades indígenas y otras comunidades rurales. El 90% de los fitomejoradores y otros investigadores agrícolas viven en comunidades rurales. En contraste, podemos ver que más del 95% de los derechos de propiedad intelectual, especialmente patentes pertenecen a las grandes empresas o instituciones gubernamentales, sobre todo de los países industrializados del Norte. Es decir que, la materia prima de los recursos biológicos se encuentran en el Sur, mientras que la tecnología se encuentra en el Norte.

Por otro lado, en cuanto a la situación de pobreza en los pueblos indígenas de los países de Latinoamérica tenemos que, según un estudio del Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola, FIDA, la pobreza y la pobreza extrema son fenómenos multidimensionales de índole cultural, social y económico que se caracteriza por:

· Exclusión y discriminación social y económica debida al origen étnico y al género.

· Carencia de acceso o acceso limitado a servicios destinados a satisfacer necesidades básicas de las familias rurales (salud, educación, vivienda y otros); y

· Niveles de ingresos inferiores a la cantidad mínima necesaria para obtener el conjunto básico de bienes y servicios para la familia, incluidos los alimentos

Según un estudio de la CEPAL, entre la población rural pobre, los datos de los censos nacionales indican que hay 26 millones de habitantes rurales considerados como indígenas americanos, sobre la base del mantenimiento de su idioma ancestral, bien como única lengua o bien como bilingües con español. Otros 46 millones de habitantes de las zonas rurales, monolingües de habla española, son considerados predominantemente de origen nativo americano. Ambos grupos viven en condiciones de pobreza relativa o pobreza absoluta. La migración urbana es una causa fundamental de la disminución de las poblaciones indígenas en las zonas rurales; no obstante debido a la exclusión y discriminación, estos grupos migrantes se incorporan a los sectores de la población urbana que viven en extrema pobreza.

Siguiendo el recorrido del CDB principal instrumento global en materia de biodiversidad, tenemos que éste aún tiene serias dificultades para encaminar su rumbo hacia estos tres grandes principios, principalmente en relación a la distribución equitativa de los beneficios, toda vez que uno de los países con la mayor biotecnología (Estados Unidos) simplemente no ha dado muestras de querer ratificar el Convenio, y por tanto, no se encuentra legalmente obligado a cumplir estos principios básicos ni con los diferentes encaminamientos que se vienen dando para la aplicación de sus disposiciones, como los relacionados con los Conocimientos Tradicionales, el Acceso y Distribución de Beneficios, el Intercambio y la transferencia de Tecnología, entre otros.

Los esfuerzos que vienen realizando otros países que poseen igualmente biotecnología importante, como Alemania, son bienvenidos y los pueblos indígenas demandamos de ellos que los cambios que se produzcan sean el resultado de consensos principalmente con la plena participación de los pueblos indígenas en todos los niveles, sea en la: conservación, uso sostenible, transferencia de tecnología, sistemas de información, prevención de impactos, conocimientos tradicionales, distribución de beneficios y adopción de políticas.

2. Principales demandas y propuestas de los pueblos indígenas encaminados hacia un trato equitativo en biodiversidad.

2.1. Sobre la participación de los pueblos indígenas en el CDB.

Los pueblos indígenas nos consideramos como parte integral de todo el CDB y no como un sector limitado al tratamiento de los conocimientos tradicionales. Los pueblos indígenas vivimos con la biodiversidad y somos parte de ella, porque la biodiversidad está íntimamente relacionada con nuestros territorios. Y las tierras y territorios son la vida misma para los pueblos indígenas.

En esta medida, nuestra participación en el Convenio se ha dado desde la misma Cumbre de la Tierra, en donde con absoluta claridad en la Declaración de Carioca expusimos la necesidad de nuestra participación en todos los aspectos relacionados con la aplicación del Convenio.

Sin embargo de ello, nuestra participación adquiere mayor relevancia a partir de la Tercera Conferencia de las Partes (COP3) en Buenos Aires/96, en donde con mayor firmeza demandamos la necesidad de un trato más activo en los mecanismos de implementación, especialmente en relación al Art. 8(j) sobre Conocimientos, innovaciones y Prácticas Tradicionales de las Comunidades Indígenas y Locales.

En el orden de la aplicación del Convenio, nuestra contribución es significativa en el Grupo de Trabajo para el Art. 8(j) sobre Conocimientos Tradicionales y en el Grupo de Trabajo sobre Acceso y Distribución de Beneficios, a tal punto que mediante resolución de la COP5 de Nairobi, logramos que el Foro Indígena Internacional sobre Biodiversidad sea reconocido oficialmente como un ente consultivo y asesor para las COPs y el Convenio. Pero nuestra participación es limitada o aún nula en otros aspectos como en el Acceso y Transferencia de Tecnología, Sistemas de Capacitación, Intercambio de Información, y en el Mecanismo Financiero del Convenio, en los cuales demandamos la cooperación con los pueblos indígenas para fortalecer nuestra participación.

2.2. El derecho al reconocimiento de los territorios indígenas y la propiedad de los recursos.

Nuestra demanda hacia la incorporación del tema de las tierras y territorios en las estrategias de aplicación del Convenio, siempre es constante, pues como se manifiesta la mayor diversidad genética del mundo se encuentra en los territorios de los pueblos indígenas y de las comunidades locales, entonces, todos los esfuerzos de conservación deben tener como punto de partida el diseño de políticas y acciones prácticas de consolidación y seguridad jurídica de las tierras y territorios de los pueblos indígenas. Por tanto, se plantea que la cooperación internacional intervenga con mayor solidez en estas iniciativas de apoyo directo a los pueblos indígenas.

El derecho a la propiedad de los recursos naturales, especialmente de aquellos renovables existentes en los territorios indígenas es otra demanda no resuelta y que el Convenio no lo aborda sino de manera tangencial. Desde la visión de los pueblos indígenas, consideramos que no puede existir esa separación entre derechos de propiedad de los territorios y de los recursos tradicionales, pero lamentablemente la mayoría de gobiernos del mundo hacen esta separación y tratan de limitan de manera gravitante la contribución de los recursos de la biodiversidad con el alivio a la pobreza. Igual situación ocurre con la soberanía de los recursos genéticos en poder de los Estados Nacionales, que los distintos gobiernos y los organismos internacionales tratan de establecer normas y directrices de acceso y uso ignorando la propiedad ancestral de los pueblos indígenas. La propiedad ancestral de los pueblos indígenas sobre los recursos genéticos existentes en nuestras tierras y territorios debe estar plenamente reconocida y garantizada.

2.3. El acceso y la distribución de beneficios.

Los pueblos indígenas participamos de manera directa en los beneficios provenientes de los recursos genéticos puros porque convivimos con ella, más sin embargo, la biotecnología ha hecho que se incorpore valor agregado y esto ha generado desproporcionadamente las utilidades en favor de las multinacionales de la farmacéutica y la bioprospección a costa de los recursos genéticos in situ y de la contribución de los conocimientos tradicionales. Esa relación es la que debe tratar de equilibrase para una participación equitativa en los beneficios, porque como dice Vandana Shiva “el sistema de innovación comunal más informal, es a través del cual los agricultores del tercer mundo producen, seleccionan y mejorar cultivos. Las semillas de estos agricultores reflejan la inteligencia, la inventiva y el ingenio de un pueblo”, y este conocimiento es el que no se quiere reconocer.

Según una reunión intergubernamental de expertos de países en desarrollo celebrada en Tanzania en 1990, se estima que el valor anual de plasma germinal procedente de países en desarrollo que utiliza la industria farmacéutica podría llegar a 47.000 millones de dólares (2.000). A comienzos del decenio de 1990, las ventas de productos farmacéuticos en todo el mundo ascendían a más de 130.000 millones de dólares anuales y según una estimación moderada, de esas ventas, 32.000millones de dólares corresponden a productos basados en medicamentos tradicionales, de los cuales para los países en desarrollo solo arrojaron utilidades de sólo 551 millones de dólares, pese a que estos países habían proporcionado las materias primas y una porción sustancial de los conocimientos tradicionales.

En el marco de la Convención, en la última COP6 en la Haya se adoptó una Directriz Internacional sobre el Acceso y la Distribución de Beneficios (Directriz de Bonn, Noviembre/2001), en cuya parte relacionada con la participación en los beneficios se hace una clasificación en tipos de beneficios (monetarios y no monetarios), pero no se menciona cómo participarán los pueblos indígenas teniendo en cuenta que en el proceso para incorporar el valor agregado intervienen muchos actores, siendo uno de ellos los pueblos indígenas.

Por otro lado, una cuestión que nos preocupa es que en las discusiones globales sobre acceso y distribución de beneficios se está llevando a debate aspectos sustanciales que limitarían la Reducción de la Pobreza a través de la Biodiversidad, y estos son los siguientes:

i) sobre el origen de los recursos genéticos y de los conocimientos tradicionales;

ii) que la participación en los beneficios no estaría extendido a los productos derivados, sino sobre los recursos genéticos puros;

iii) que los conocimientos tradicionales son de dominio público, tesis que circula sobre todo en los pasillos de la OMC;

iv) el principio del consentimiento fundamentado previo como un derecho que le corresponde a las Partes;

v) la protección mediante los sistemas de propiedad intelectual exclusivamente para quienes poseen el conocimiento científico;

vi) el desconocimiento de la propiedad intelectual colectiva de los pueblos indígenas; y,

vii) la casi ninguna posibilidad de participación de los pueblos indígenas en las negociaciones de la OMPI, en el Comité Intergubernamental sobre Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folklor, espacio creado exclusivamente para estudiar las medidas de protección de los conocimientos tradicionales mediante los regímenes de propiedad intelectual u otros sistemas.

3. La necesidad de fortalecer en los cambios emprendidos para hacer realidad el alivio de la pobreza utilizando los recursos de la biodiversidad.

Visto esta situación, la presencia de los pueblos indígenas en las discusiones globales sobre la implementación del CDB se torna cada vez más importante, por lo que desde la COICA (Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica), se hace un llamado a la cooperación internacional a fortalecer su intervención en los siguientes aspectos:

v La demarcación y legalización de los territorios indígenas en coordinación con las organizaciones de los pueblos indígenas.

v La elaboración de los planes de manejo para la conservación y uso sostenible de los recursos de la biodiversidad en los territorios indígenas.

v Iniciativas para incorporar valor agregado a los recursos de la biodiversidad que utilizan los pueblos indígenas.

v Fortalecer los sistemas de capacitación e información sobre los aspectos relacionados con la biodiversidad.

 

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