Uno de los principales problemas que se evidencian dentro del conflicto armado por el que atraviesa Colombia hace más de 40 años, es el desconocimiento de las normas y acuerdos internacionales que limitan el accionar de la guerra, en aras de la protección de la población civil.

El desconocer la existencia de un conflicto armado en Colombia da lugar a que los grupos ilegales se rehúsen a reconocer, respetar y acatar los principios de distinción, limitación y proporcionalidad plasmados dentro del marco del Derecho Internacional Humanitario (DIH).

Así lo advirtió la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien además recordó que su misión es “asesorar a las autoridades colombianas en la formulación y aplicación de políticas, programas y medidas para la promoción y protección de los derechos humanos, en el contexto de violencia y conflicto armado interno que vive el país”, y promover, en concertación con el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y dentro de los límites de sus respectivos mandatos, “el respeto y la observancia de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario en el país”.

”Desconocer la existencia de tal conflicto podría dar lugar a que los integrantes de los grupos ilegales se creyeran, equivocadamente, liberados de cualquier deber jurídico con respecto a la observancia de los principios internacionales de distinción, limitación y proporcionalidad, y ajenos a cualquier exigencia internacional sobre el cumplimiento de los mismos”.

En caso de conflicto armado interno el derecho internacional humanitario impone, por igual, claras obligaciones a todos los que en él toman parte directa. Esas obligaciones tienen, pues, como destinatarios tanto a los miembros de las fuerzas armadas del Estado como a los miembros de los grupos armados ilegales, sea cual sea la denominación que a estos últimos se les dé.

El diplomático de la ONU agregó que “la infracción sistemática de la normativa humanitaria por la parte no estatal, expondría a mayores vulneraciones y amenazas los derechos inalienables de los civiles afectados por la guerra”.


De igual forma, recordó que los actos terroristas “entendiendo por tales, aquellas acciones deliberadas de violencia cuya finalidad sea aterrorizar a la población en general, a un grupo de personas o a personas determinadas”, ocurren tanto dentro de un conflicto armado como fuera de él. El organismo sostuvo que uno de los principios fundamentales del DIH es el de distinción entre quienes participan de manera directa o activa en las hostilidades, y quienes en ellas no tienen participación.

"Aplicar tal principio resulta necesario para determinar las obligaciones y los derechos que corresponden a unos y a otros", añadió el organismo, que, además, aseguró que "cualquier interpretación no acertada del principio de distinción podría aumentar las dificultades de la importante labor humanitaria cumplida hoy en Colombia por el Comité Internacional de la Cruz Roja, varias agencias del Sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales que protegen, defienden y ayudan a los miles de hombres, mujeres y niños afectados por la guerra".

Esas labores, según la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU, ya se adelanta en condiciones adversas y riesgosas por causa de la degradación del conflicto armado interno.

Las declaraciones de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos es propicia en momentos en que los pueblos indígenas sienten en carne propia los rigores del conflicto armado. La situación de los pueblos en materia humanitaria es simplemente dramática. Por ejemplo, aunque algunas agencias del Estado hablan que en el año 2002 fueron asesinados tan sólo 42 indígenas, las cifras recogidas por la base de datos de la Fundación Hemera hablan de 63 personas inmoladas, siendo los paeces, asentados principalmente en el departamento del Cauca, la etnia más afectada.

Escribir un comentario

Código de seguridad
Refescar