Por considerar que vulnera los derechos de los jóvenes en el ejercicio de ser elegidos al Concejo y les coarta la posibilidad de participar en la vida política del país, la concejala indígena Ati Quigua interpuso ante el Consejo de Estado una acción de nulidad contra el artículo 27 del Decreto 1421, que exige para este cuerpo colegiado los mismos requisitos que para ser Representante a la Cámara.

 

Según la joven dirigente indígena, el ejecutivo se extralimitó en sus funciones, pues las facultades que le confirió el artículo 41 transitorio de la Constitución para reglamentar lo concerniente a los artículos 322, 323, y 324, son puntuales y se refieren a tres temas: Régimen Político, Administrativo y Fiscal, y en ningún momento se establece reglamentar aspectos que cobijen derechos y deberes de las personas, ya que por su carácter de fundamentales, es al congreso a quien le compete.

 

El Nuevo Siglo/ 12-07-06 sección A. Política Bogotá. Breve. Página 8.

 

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