Según el estudio de la Comisión, la población afrocolombiana constituye el segmento mayoritario de las clases más pobres del país, muestra los indicadores socioeconómicos más bajos, padece una tasa de mortalidad infantil que duplica la registrada a nivel nacional, y tiene menor acceso a servicios básicos como educación y salud, así como menor acceso a empleos redituables y menor participación en la vida pública.
Las observaciones fueron construidas a partir de la visita que hizo al país el Relator sobre los Derechos de los Afrodescendientes y contra la Discriminación Racial, Sir Clare K. Roberts.
La CIDH anotó en su informe que las regiones del país mayoritariamente habitadas por afrodescendientes se han visto particularmente afectadas por la crisis humanitaria derivada del conflicto armado interno.
"La Comisión observa con especial preocupación la falta de esclarecimiento judicial de la mayoría de los hechos de violencia que han afectado a las comunidades afrodescendientes y causado su desplazamiento", puntualiza el documento.
"Las disparidades entre las condiciones sociales y económicas de los afrodescendientes y el resto de la población en Colombia están estrechamente vinculadas a la exclusión social padecida históricamente por este segmento de la población", indica el documento.
"A pesar de la vigencia de legislación y políticas públicas destinadas a promover el desarrollo de la población afrocolombianas", agrega, "el goce igualitario de derechos y la superación de la discriminación estructural continúan presentándose como un gran desafío para esta población, que permanece invisibilizada".
El informe valora positivamente las diversas iniciativas y medidas legislativas y administrativas tomadas por el Estado colombiano a fin de lograr el respeto de los derechos humanos de la población afrocolombianas, tales como el reconocimiento constitucional de los derechos de los afrodescendientes en la Constitución de 1991 y la legislación adoptada por el Estado para implementar esos derechos.
En particular, destaca los avances fundamentales hacia el reconocimiento y mejoramiento de la protección de los derechos de los afrodescendientes y la protección de su identidad cultural, mediante la Ley 70 de 1993. En el informe, la Comisión observa la necesidad de que estas iniciativas cuenten con un compromiso a largo plazo del Estado y recursos financieros adicionales para asegurar su plena implementación, así como la necesidad de implementar políticas públicas complementarias y mecanismos especializados para garantizar que los afrocolombianos ejerzan plenamente sus derechos y libertades fundamentales. La Comisión reitera su compromiso de colaborar con el Estado en la búsqueda de soluciones adecuadas para los problemas detectados.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.