En el Día Internacional de los Pueblos Indígenas, la Organización Nacional Indígena de Colombia –ONIC- presentó un informe en el cual recuerda las distintas disposiciones de las naciones Unidas, como “la resolución 48/163, de 21 de diciembre de 1993, que proclamó el Decenio Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo”, y “la resolución 59/174, de 20 de diciembre de 2004, en la que proclamó el Segundo Decenio Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo, 2005-2014”.

En su informe, la ONIC expresa “su reconocimiento a los pueblos indígenas del departamento del Cauca y a las autoridades de su Consejo Regional Indígena CRIC y su Asociación de Cabildos Indígenas de la zona norte ACIN, adalides hemisféricas de la defensa del derecho de libre determinación consagrado en el derecho internacional de los derechos humanos”,

Al referirse al tema de la Consulta Previa, la ONIC reafirma “el derecho al consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas de acuerdo a los regímenes de derecho y prácticas consuetudinarias, que según el derecho internacional, es un derecho “requisito” para que el Estado tome una decisión; “requisito”, que adquiere obligatoriedad en las situaciones que se pueda poner en riesgo la integridad de un pueblo, así por ejemplo, en todos los casos que impliquen traslado de población”,

El informe hace alusión al “estado de cosas inconstitucional declarado por la Corte Constitucional de Colombia y su Auto de Seguimiento 004 de 2009, en el que el Alto Tribunal identificó al menos 34 pueblos indígenas en estado de alto riesgo de exterminio por causa del conflicto armado y del desplazamiento forzado” y la “alerta de genocidio a los pueblos indígenas de Colombia lanzada por el actual Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, profesor James Anaya, en su Informe La situación de los pueblos indígenas en Colombia: seguimiento a las recomendaciones hechas por el Relator Especial anterior (profesor Rodolfo Stavenhagen), en el que recomendó invitar al Asesor Especial para la Prevención del Genocidio de las Naciones Unidas y seguir cooperando con el Fiscal de la Corte Penal Internacional; y además, la conclusión emitida por el Relator Especial sobre Derecho Penal Internacional y Defensa Judicial de los Derechos de los Pueblos Indígenas del Foro Permanente de Naciones Unidas, profesor Bartolomé Clavero, quien concluyó que en el Auto 004 de 2009 se encuentran los indicios de genocidio y crímenes de lesa humanidad contra los pueblos indígenas de Colombia”,

Al respecto, la ONIC manifiesta que los estudios hechos por su organización, evidencia que “las violaciones a los derechos humanos y las infracciones al DIH a los pueblos indígenas tienden a aumentar y que no hay expectativas reales de superar el estado de cosas inconstitucional declarado por la Corte Constitucional”; situaciones similares viven sus comunidades en materia “territorial, el desplazamiento forzado, los homicidios selectivos, el reclutamiento forzado, la instalación de minas antipersonales y la violencia sexual  (que) tienden a recrudecerse”, señala el informe.

Frente a los hechos señalados, la ONIC demandó públicamente “la intervención inmediata de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional y del Asesor Especial para la Prevención del Genocidio de las Naciones Unidas”; reiteró la invitación a los organismos encargados de las Cuestiones Indígenas de Naciones Unidas, a realizar una visita de seguimiento para verificar el impacto real de las recomendaciones hechas al Estado Colombiano dentro de sus informes oficiales, principalmente lo relacionado con “la alerta de genocidio lanzada por el Relator; y el Informe sobre la Situación de los Pueblos Indígenas en Peligro de Extinción en Colombia”.

Como hecho preocupante, la ONIC denunció la comisión entre los meses de enero y julio de 2012 de 54 homicidios cometidos contra miembros de Pueblos Indígenas, entre los cuales los Pueblos más afectados son: “Nasa (17), Embera (15), Awá (5). Estos homicidios han ocurrido en los departamentos del Cauca con un 26.6%, seguido de Nariño y Risaralda con el 14.81%. Hasta el período monitoreado se reporta el homicidio contra cinco (5) mujeres indígenas; y 24 eventos de desplazamiento masivo para este corte, que han dejado 8.845 personas y 1.890 familias desplazadas”.

En consecuencia, la organización indígena demando del “Estado Colombiano…el cumplimiento de las órdenes emitidas por la Corte Constitucional en el Auto 004 de 2009. Órdenes, que según los Autos 382 de 2010, 174 de 2011 y 173 de 2012 del mismo Tribunal, siguen sin acatarse”; y de manera particular a la Fiscalía General de la Nación para que cumpla su función constitucional de investigar y acusar a los presuntos infractores de la ley penal, en lo que respecta, a los derechos humanos de los pueblos indígenas.

La organización indígena alerta “sobre el genocidio en curso, con niveles especialmente dramáticos, de los pueblos indígenas de Nariño, Chocó, Cauca, Valle del Cauca, Risaralda, Meta y Guaviare” y “demandó del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural INCODER la titulación, ampliación y englobe de los resguardos de todos los pueblos indígenas del país”.

Por último, la ONIC demandó del Estado Colombiano el cumplimiento de los estándares internacionales de los derechos humanos, recalcando la vigencia de los derechos reconocidos a los pueblos indígenas en los instrumentos internacionales de derechos humanos, dentro y fuera del sistema interamericano. Entre los citados de forma explícita se encuentran: la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas, el Convenio 169 de la OIT y las convenciones de derechos humanos de Naciones Unidas.

Escribir un comentario

Código de seguridad
Refescar