La Defensoria Maya ha recibido la denuncia procedente de las Autoridades Mayas que tienen relación con la espiritualidad, los lugares sagrados y el centro ceremoniales en relación con la emisión del Acuerdo Ministerial 525-2002. Por su importancia, la Defensoría Maya respalda y apoya las exigencias de las Autoridades Mayas que firman el siguiente comunicado, valorando los esfuerzos que se realizan por parte de las autoridades de gobierno para reconocer y respetar los derechos de los Pueblos Indígenas de Guatemala, pero sin desconocer que las definiciones de las políticas que involucran a dichos pueblos deben ser decididas con ellos y por ellos.

 

El comunicado de las Autoridades Mayas sostiene: "Los artículos 1 y 9 del Acuerdo Ministerial 525-2002 del Ministerio de Cultura y Deportes publicado en el Diario Oficial el día 19 de noviembre usurpan y violan las funciones de los Guías Espirituales Mayas de Guatemala.

El Consejo Nacional de los Lugares Sagrados integrados por la Conferencia Nacional de Ministros de la Espiritualidad Maya de Guatemala Oxlajuj Ajpop, Asociación de Sacerdotes Mayas de Guatemala, Consejo de Ancianos fundación Kaquljá y la Confederación Kaqchikeles de Principales de ajq'ijab ante la opinión pública nacional e internacional.

Manifiestan:

1.       Siendo nosotros organizaciones miembros de la Comisión para la Definición de los Lugares Sagrados según el Acuerdo gubernativo 387-2001, no fuimos consultados de los CONTENIDOS de dicho Acuerdo Ministerial como los establece el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT.

2.       Los artículos 1 y 9 de dicho Acuerdo el Estado a través del Ministerio de Cultura y Deportes usurpan las funciones de los guías Espirituales, violaron el derecho de consulta y se atribuyen facultades que no le corresponde una entidad Estatal.

Por tanto:

El Consejo Nacional de los Lugares Sagrados solicita los buenos oficios de la Ministra Licenciada Otilia Lux de Cotí:

a.       Suspender de inmediato la vigencia del Acuerdo Ministerial 525-2002.

b.       Una reunión inmediata con el Consejo nacional de los Lugares Sagrados

c.       Derogar los artículos 1 y 9 del Acuerdo Ministerial 525-2002.

d.       Atender las propuestas de los Guías espirituales participantes dentro de la Comisión para la Definición de los Lugares Sagrados establecido por el Acuerdo 378-2001".

 

Por el respeto a los derechos espirituales y sagrados

 

Consejo Nacional de Lugares Sagrados

 

Ciudad de Guatemala Jun Tijax, 27 de noviembre de 2002

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