Chile/ Mapuexpress

El día martes 6 de agosto culmina el fraude de "mesa de consenso" y el Gobierno presenta su nuevo "reglamento de consulta indígena" pactado con un ínfimo grupo de personas indígenas, sin legitimidad ni representación de los pueblos, encabezado por el polémico consejero Marcial Colin (PS)y asesores de la UDP.

El Ministro Bruno Baranda entregará a Piñera un nuevo "Decreto 125" recargado, que mutila brutalmente el derecho de consulta. Con el sebo de "derogar el decreto 124", y unos supuestos acuerdos de "85 %" el Gobierno prepara una trampa peor.

A la medida de las empresas mineras, energía, carretera eléctrica, forestales, salmoneras, pesqueras, etc.

El Gobierno de derecha y los indígenas de la "mesa" dicen que llegaron a "acuerdos" en" 85% de los artículos. Celebran la derogación del nefasto "decreto 124" a cambio de otro peor que en cuatro artículos mutila en un 100% el derecho a consulta.

El Gobierno se prepara para ingresar a Contraloría el nuevo decreto mutilador del Convenio 169. Un nuevo "decreto 125" para dejar entrampados y burlados a los pueblos indígenas.

Un año duró la farsa. El 4 de agosto de 2012 el Gobierno de Piñera presentó su propuesta de reglamento de consulta. La propuesta fue rechazada por las organizaciones de los pueblos indígenas, y fue duramente criticada en un largo informe del Relator de Naciones Unidas. El Relator recomendó reelaborar el documento. Nada de eso hizo el gobierno.

Con colaboración de dos consejeros de Conadi y personas indígenas auto-designados representantes y asesores de la UDP, desde marzo de 2013 el Gobierno empezó una simulación de diálogo, sin ninguna voluntad de cambiar estructuralmente su propuesta de agosto 2012. La simulación llega el final: un decreto peor que el 124.

Con el sebo de "derogar el decreto 124", y unos supuestos acuerdos de "85%" el Gobierno prepara una trampa peor. A la medida de las empresas mineras, energía, carretera eléctrica.

ARTICULO 1°: REDUCIR Y PONER CANDADOS AL MARCO DEL DERECHO DE CONSULTA.

Desde el inicio de la "mesa de consenso", los individuos indígenas y sus asesores de la UDP aceptaron reducir el marco del derecho de consulta solo a 2 artículos del Convenio 169, cercenaron los tratados, y subordinaron su aplicación a la Constitución de la dictadura.

ARTICULO 6. Limita las medidas legislativas y administrativas a ser consultadas, hasta hacer inaplicable el derecho a consulta.

El Gobierno pretende imponer una definición que hace inviable las consultas de medidas legislativas, al reducirlas solo a aquellas leyes que tengan impacto "significativo y exclusivo" sobre los pueblos indígenas "en su calidad de tales". Así, casos como la ley de pesca, la ley forestal, la ley de Televisión Digital, no serán consultadas "porque ni tienen impacto exclusivo".

Dice: "Se entenderá por medidas legislativas a consultar los proyectos de ley que tengan un impacto significativo y exclusivo sobre los pueblos indígenas en su calidad de tales, afectando el ejercicio de sus tradiciones y costumbres ancestrales, prácticas religiosas, culturales o espirituales, o la relación de éstas con sus tierras indígenas."

Lo mismo para las medidas administrativas. El nuevo reglamento que pretende imponer el Gobierno de Piñera dice: "Se entenderá por medidas administrativas a consultar aquellas decisiones de alcance general,... siempre que tengan un impacto significativo y exclusivo sobre los pueblos indígenas en su calidad de tales".

Con eso dejan fuera prácticamente todas las medidas, planes y políticas, y las concesiones de aguas, minería, geotermía, electricidad, etc.: son de alcance "particular" y de impactos "no exclusivo".

ARTICULO 7. PROYECTOS DE INVERSIÓN: A MERCED DEL REGLAMENTO DEL SEIA

Los proyectos de inversión "Se consultarán de acuerdo a la normativa establecida en el Reglamento del Sistema de Evaluación de impacto Ambiental."

Como ha sido denunciado reiteradas veces por organizaciones de los pueblos, el Instituto de Derechos Humanos, y academia, el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental no cumple con los estándares internacionales de consulta indígena, y el propio reglamento no fue consultado debidamente.

El Reglamento del SEIA, termina reduciendo las consultas de proyectos de inversión en vulgar "participación ciudadana ambiental" de proyectos que cuando llegan a Evaluación ya están prácticamente decididos.

"COMISIÓN INDÍGENA" DE CONSULTA.

El Artículo Transitorio final: Impone la creación de una "Comisión de Consulta", un traje a la medida del grupo indígena que se ha autodesignado como representantes de todos los pueblos.

LA "MESA DE CONSENSO". EL GRAN FRAUDE

El fracaso de la "mesa de consenso" se pretende encubrir con una reunión financiada por el Gobierno y llamarla "Congreso de Pueblos Indígenas" para los días 7,8 y 9 de agosto.

Es un auto-engaño y burda excusa de los indígenas de la "mesa" decir que "llegaron a acuerdo" en 85 % de los artículos y "solo" hay desacuerdo en 3 puntos. En esos tres puntos y en el artículo 1, se mutila un 100% el derecho de consulta y se pone el peligro los derechos de los pueblos originarios, territorios y recursos.

Del "decreto 124" se pasará al "Decreto 125". Del sartén a las brasas.

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