Durante la consulta en torno al Proyecto de Declaración Americana de los Derechos de los Pueblos indígenas de la Organización de Estados Americanos (OEA), realizada entre el 14 y 15 de octubre en Ciudad de Guatemala, los pueblos indígenas de ese país, presentes en el evento, manifestaron en una Declaración Publica, su compromiso con la elaboración de un instrumento que permita el reconocimiento y protección de  sus derechos y libertades fundamentales de naturaleza colectiva.

 

“La consulta constituye la continuidad del proceso de diálogo y análisis realizados durante el año 1997 y 2001 en Guatemala. En este mismo sentido, las organizaciones y representantes indígenas como destinatarios del proyecto, reiteramos firmemente el derecho a la participación plena de todos los Pueblos Indígenas tanto en la formulación del contenido del texto de la Declaración y en todo los que comprende el proceso en el ámbito del sistema interamericano”.

 

Para los nativos guatemaltecos es necesario tener en cuenta dos aspectos fundamentales dentro de la elaboración del Proyecto de Declaración Americana. El primero tiene que ver con el proceso de “negociación” previsto por el Grupo de Trabajo en torno al Proyecto: “Consideramos que aún existen limitaciones que impiden una plana y efectiva participación de los Pueblos Indígenas para discutir los contenidos de los documentos propuestos.  Algunas de las limitaciones comprenden la falta de cumplimiento de parte de los gobiernos a la resolución adoptada en la Asamblea General, realizada en Chile Junio 2003, que pide a los gobiernos que celebren consultas nacionales con los Pueblos Indígenas”.

 

El segundo punto tiene que ver con el texto consolidado GT/DADIN/doc.139/03, y el documento del Presidente del Grupo de Trabajo, que según el análisis hecho por los indígenas: “Alrededor del texto del presidente del Grupo de Trabajo, las organizaciones de los Pueblos Indígenas observamos que su propuesta restringe y limita los derechos y libertades fundamentales de los Pueblos Indígenas, especialmente en lo que se refiere al derecho de Libre Determinación, la restricción de este derecho afecta transversalmente todos los otros derechos colectivos que contiene el Proyecto de Declaración. Las organizaciones de los Pueblos Indígenas identificamos que el texto presentado por el presidente del Grupo de Trabajo, no incluye el reconocimiento pleno de los derechos territoriales, la participación y utilización de los recursos del suelo y subsuelo. Las organizaciones de los Pueblos Indígenas recomendamos que el texto adoptado por la Comisión Interamericano de Derechos Humanos CIDH, siga siendo la referencia para el desarrollo del diálogo y asimismo, se tenga en cuenta las propuestas presentadas por las organizaciones indígenas, en sesiones anteriores al grupo de trabajo”.

 

De igual forma, alentaron al Grupo de Trabajo, ha continuar examinando los textos y a intensificar el diálogo entre los representantes Indígenas y las delegaciones gubernamentales, orientado a reconocer definitivamente los derechos y libertades fundamentales de los Pueblos Indígenas.

 

Finalmente, subrayan la importancia que reviste el Proyecto de Declaración Americana, como también, consideran pertinente utilizar el tiempo que sea necesario para su elaboración y adopción. “Las organizaciones de los Pueblos Indígenas, tenemos la firme convicción que el Proyecto de Declaración Americana de los Derechos de los Pueblos Indígenas debe gozar de una debida legitimidad, situación que imprescindiblemente comprende la participación plena y activa de los Pueblos Indígenas destinatarios del instrumento”, concluyeron.

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