Como leyes del despojo calificó La Minga de Resistencia Social y Comunitaria aquellas normas elaboradas o requeridas por iniciativa del gobierno nacional y que fueron aprobadas por un Congreso integrado por mayorías comprometidas con el proyecto paramilitar, sobre las cuales el movimiento social, en especial los sectores indígenas, afros y campesinos habían exigido su desmonte.

Comunicado del Consejo Regional Indígena Del Cauca - Cric

Hoy al conocer la noticia que la Corte Constitucional declaró inconstitucional el Estatuto de Desarrollo Rural o ley 1152 de 2007, La Minga de Resistencia Social y Comunitaria, le muestra al país y al mundo lo justo de sus reclamaciones.
Como lo recordará la opinión pública, el presidente Uribe y su clon, el ministro de agricultura, quisieron hacer aparecer las exigencias sociales como una necedad que pretendía oponerse al desarrollo y entorpecer la firma del TLC por parte de los Estados Unidos. Hoy, con la decisión de la Corte Constitucional se demuestra que la normatividad aprobada por las mayorías uribistas, no solo ha limitado los derechos de la ciudadanía sino que ha desconocido procedimientos legales como la Consulta previa que ordena el Convenio 169 de la OIT.


La ley 1152 de 2007, fue rechazada por los sectores rurales, teniendo en cuenta que había sido elaborada para promover nuevos modelos de colonización; facilitar la invasión y el robo a campesinos pobres y poseedores de pequeños predios; colocando en riesgo la propiedad colectiva de comunidades indígenas y afros que el gobierno se ha negado a sanear; cerrando, además, las posibilidades de avanzar en la concreción de los compromisos que mantiene el Estado colombiano con los pueblos indígenas en materia de tierras.


Situaciones violatorias de los Derechos Humanos debido a la penetración violenta que realizan los grupos armados en territorios indígenas, como la que viven los pueblos Awá de Nariño y los Eperara Siapidara de la costa Pacifica Caucana, son, de alguna manera, producto de la política contenida en el Estatuto de Desarrollo Rural y en otras normas como las de la seguridad Democrática del presidente Uribe.


La Declaratoria de inconstitucionalidad de la ley 1152 de 2007, emitida por la Corte Constitucional el pasado 18 de marzo de 2009, es un incentivo a los
pobladores rurales, a las organizaciones campesinas, afros e indígenas y demás sectores sociales del país para continuar exigiendo el desmonte de las leyes del despojo, entre ellas la que aprobó la firma del TLC y las referidas a bosques, aguas, empleo, vivienda, seguridad y víctimas, entre otras. Dichas normas no solo han apelado a procedimientos irregulares para su aprobación sino que desconocen la vigencia de los derechos fundamentales de las mayorías, y han tenido como único fin facilitar el ingreso de las empresas multinacionales y la entrega de los recursos y riquezas del pueblo colombiano al capital financiero mundial.


El Consejo Regional Indígena del Cauca -CRIC- saluda la decisión de la Corte Constitucional e invita a las organizaciones sociales del país, en especial a las integrantes de La Minga de Resistencia social y Comunitaria a promover y exigir que el Congreso de trámite de urgencia al proyecto de Ley de Reforma Agraria Alternativa presentada al Congreso de la República en la pasada legislatura y que fue archivada aduciendo haber sido radicada por fuera de la fecha establecida. Igualmente agilizar la aprobación, sin modificaciones, del Referendo del Agua, radicado en esa institución con las firmas de más de 2 millones trescientos mil ciudadanos colombianos.

CONSEJERÍA MAYOR
CONSEJO REGIONAL INDÍGENA DEL CAUCA - CRIC

Popayán, 20 de marzo de 2009
Autoridad Tradicional
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Pagina Web: www.cric-colombia.org

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