Las autoridades del pueblo indígena Kankuamo están cansadas de reuniones que no llevan a ninguna parte. El pasado 19 de mayo sus representantes no acudieron a la mesa de trabajo sobre el seguimiento a las Medidas Provisionales decretadas por la CIDH porque consideraron que el Gobierno colombiano no estaba representado por las autoridades competentes.

Aludiendo a sus razones, enviaron una carta a los máximos responsables del Estado en materia de derechos humanos. He aquí la transcripción completa de la misma.

Valledupar, 19 de Mayo de 2009

Dra. ÁNGELA MARGARITA REY ANAYA
Dirección de Derechos Humanos y DIH del Ministerio de Relaciones Exteriores

Dr. CARLOS FRANCO
Director Programa Presidencial para los Derechos Humanos de la Vicepresidencia de la República.

Respetados señores:

Las autoridades del pueblo indígena Kankuamo con fundamento en la Ley de Origen y el Derecho Propio del Pueblo Kankuamo, en ejercicio pleno de la Autonomía, el Gobierno y la Autoridad Propia, reconocida en la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas, los tratados internacionales, la Constitución, la Ley General de la República y la Legislación Especial Indígena, adoptamos la siguiente posición relacionada con el desarrollo de la reunión de seguimiento de las Medidas Provisionales decretadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor del pueblo Kankuamo, convocada para el día 19 de mayo de 2009 en la ciudad de Valledupar.

Decidimos no participar en la reunión del Grupo de Trabajo de seguimiento a las Medidas Provisionales convocada para el día de hoy por la Dirección de Derechos Humanos y DIH del Ministerio de Relaciones Exteriores teniendo en cuenta la no asistencia a esta reunión de la mayoría de las autoridades competentes para la toma de decisiones de las entidades que integran dicho Grupo de Trabajo, particularmente el Alcalde de Valledupar, al Gobernador del Cesar, el Director del Programa Presidencial de Derechos Humanos de la Vicepresidencia de la República, entre otros.

Esta decisión la adoptamos teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

1. El reiterado incumplimiento o cumplimiento parcial de los compromisos asumidos por el Estado colombiano en el marco de estas reuniones, que ha llevado a que los miembros del pueblo Kankuamo continúen en situación de extrema gravedad y urgencia y que amerita el mantenimiento de estas medidas, según Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 3 de abril de 2009.

Consideramos que para superar esta situación que ya se ha vuelto recurrente es necesario que el Estado colombiano asuma un compromiso real y efectivo en cabeza de las autoridades facultadas para la toma de decisiones que lleve a "un entendimiento común del problema y una solución compartida" para el "diseño de adecuadas estrategias para la minimización de la situación de extrema gravedad y urgencia que afrontan los miembros del pueblo indígena Kankuamo" (Considerandos 27 y 31 de la Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 3 de abril de 2009).

2. De acuerdo con ello, el direccionamiento dado por parte de los Mamos y los Mayores del pueblo Kankuamo es que la reunión se desarrollara de gobierno a gobierno con las autoridades facultadas para tomar decisiones y así avanzar en el cumplimiento efectivo de los compromisos adquiridos por las diferentes instituciones estatales. Es así como a nuestro juicio el Secretario de Gobierno Municipal, quien fungió como Alcalde encargado, el funcionario de la Secretaría de Gobierno Departamental, quien actuó como delegado de la Gobernación del Cesar, los asesores del Programa Presidencial de Derechos Humanos, entre otros, no son las personas competentes para asumir los compromisos y garantizar su efectiva implementación.

Resaltamos que la posición asumida no busca desconocer la importancia del diálogo como mecanismo de concertación para la búsqueda de soluciones sino llamar la atención y exhortar al Estado colombiano para que este mecanismo cumpla de manera eficaz los requerimientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y en consecuencia avanzar en el mejoramiento de los canales de comunicación, la construcción de un diagnóstico conjunto y la formulación e implementación de un plan de trabajo en donde se definan acciones concretas, un cronograma de ejecución, responsabilidades específicas y mecanismos de seguimiento y evaluación del cumplimiento de las medidas provisionales.

Sin embargo, lamentamos y expresamos nuestra preocupación por la actitud asumida por la Directora Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Ángela Margarita Rey, quien manifestó la imposibilidad que tendría su entidad de convocar una nueva reunión del Grupo de Trabajo de seguimiento a las medidas provisionales del pueblo Kankuamo, aduciendo problemas de agenda.

De igual modo el Director seccional de Fiscalías del Cesar, Franklin Martínez Solano, en el marco de esta reunión acusó a los miembros de la Organización Indígena Kankuama, y en particular al Cabildo Gobernador, de obstruir la labor de la Fiscalía en las investigaciones del caso ocurrido el 31 de Diciembre de 2008 en la comunidad de Atánquez.

No conforme con esto, afirmó que el Cabildo Gobernador en los informes de medidas provisionales dirigidos a la Corte Interamericana de Derechos Humanos magnifica la gravedad de los hechos ocurridos contra el pueblo Kankuamo para mantener la vigencia de tales medidas, concluyendo que era necesario que la Cancillería realizara un monitoreo interno de cada uno de los casos denunciados por la Organización Indígena Kankuama por falta a la verdad.

Las Autoridades tradicionales del pueblo Kankuamo rechazamos de manera categórica las afirmaciones suscitadas por el Fiscal Franklin Martínez y lo exhortamos a que de manera escrita e inmediata allegue las pruebas de sus afirmaciones.

Así mismo, denunciamos la violación del derecho a la autonomía y al autogobierno del Pueblo Indígena Kankuamo, reconocidos en la Constitución Colombiana, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y los tratados internacionales ratificados por Colombia.

Como prueba de ello citamos:

- Las afirmaciones expresadas en el marco de la reunión por el Secretario de Gobierno Municipal de Valledupar Álvaro Castro y el Director Seccional de Fiscalías del Cesar, Franklin Martínez Solano, desconociendo las funciones y competencias de las autoridades indígenas al interior del Resguardo Indígena Kankuamo, establecidas y reconocidas por la Constitución Política de Colombia y los tratados internacionales.

- La celebración de una jornada inconsulta por parte del Ejército Nacional, Décima Brigada Blindada, de expedición de libretas militares a realizarse en la comunidad de Atánquez, programada para el día 28 de Mayo de 2009.

Igualmente, la Alcaldía Municipal de Valledupar el próximo 26 de mayo pretende realizar una sesión de trabajo interinstitucional en la comunidad de Atánquez a pesar de que en una reunión anterior le manifestamos la inconveniencia de realizarla ya que antes es necesario realizar un proceso de concertación interna con las comunidades que integran el pueblo Kankuamo que nos lleve a resolver de manera autónoma las dificultades internas que afectan nuestra cohesión social.

En consecuencia, las Autoridades Indígenas del pueblo Kankuamo consideramos que las situaciones planteadas nos colocan en un alto riesgo y declaramos que cualquier acto o situación que ponga en riesgo o afecte la vida e integridad física del pueblo Kankuamo, sus autoridades y su territorio ancestral, será responsabilidad exclusiva del Estado colombiano.

Ratificamos que el espacio creado para el Grupo de Trabajo debe ser un escenario de diálogo y respeto que permita el restablecimiento de la armonía y la fructífera continuidad de avanzar en la implementación de las medidas provisionales, por medio de un plan concreto con una metodología y responsables concretos.

En ese sentido, instamos a la Dirección de Derechos Humanos y DIH del Ministerio de Relaciones Exteriores a convocar en un término no mayor de un mes una nueva reunión del Grupo de Trabajo en donde se garantice la participación de los funcionarios de las entidades que conforman el Grupo de Trabajo facultados para la toma de decisiones.

Atentamente,

Autoridades del Pueblo Indígena Kankuamo

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