El juicio contra el Coronel José Vicente Trujillo, Comandante del 8 Batallón de Infantería "HEROES DE PICHINCHA", promovido por El Tribunal Indígena del Norte del Cauca, más que un hecho jurídico, es un hecho político de resistencia del Pueblo Nasa contra todos aquellos, que desde diferentes posturas, vulneran sus derechos. El mismo resulta importante por varios aspectos: primero, porque se pone en ejercicio el derecho ancestral de las autoridades indígenas, facultados constitucionalmente “para administrar justicia en todas las ramas del derecho, en forma autónoma, integral e independiente de acuerdo a los usos y costumbres...”; segundo, porque se pone en evidencia la compleja situación de orden público en la zona norte del departamento del Cauca, con denuncias graves sobre los abusos cometidos contra los indígenas y miembros de la población civil de los municipios de Jambaló, Toribio y Caloto principalmente, por parte de los actores armados, incluida la fuerza pública, -autoridades militares y de Policía-, con un dramático incremento de violaciones de derechos humanos de los indígenas desde que se puso en marcha la política de Seguridad Democrática del gobierno; y tercero, porque esta situación ha generado una multiplicidad de respuestas por parte de estos grupos aborígenes y de la sociedad colombiana, en un ejercicio de resistencia civil sin precedentes en la historia de Colombia.
El ejercicio del Derecho Propio adquiere gran importancia política, toda vez que se encuentra en curso un Proyecto de Ley Estatutaria presentado por el Senador Indígena Jesús Piñacué, que busca establecer formas de coordinación de la jurisdicción indígena con el sistema judicial colombiano. Si bien es importante desarrollar la norma constitucional en esta materia, lo cierto es que el proyecto ha generado una serie de interrogantes que no podemos desconocer y van desde la necesidad de habilitar un mecanismo de consulta que involucre a todos los pueblos indígenas del país; la urgencia de investigar el estado del arte del derecho ancestral de las comunidades, pues las visiones, sistemas y prácticas jurídicas de los pueblos de la Amazonía difieren bastante de las practicas de la región andina e incluso de la parte occidental del país; pero sobremanera, identificar los elementos conceptuales y de cobertura de la norma, pues hay quienes argumentamos que la fuente del derecho propio es justamente la diversidad y la trampa de la ley radica en la posibilidad de encasillar las prácticas jurídicas de los indígenas, que si bien viven un proceso de construcción sobre todo en el campo del procedimiento, tiene la ventaja de desarrollarse creativamente sin que sea restringido por el ejercicio del derecho positivo.
Desde luego que temas como el ámbito de aplicación, la jurisdicción y la competencia, para citar solo algunos, resultan siempre polémicos. Y más aun, cuando aún no existe una ley de Ordenamiento territorial incluyente de los territorios indígenas, lo cual deja en una especie de limbo jurídico la competencia de los indígenas para aplicar su derecho. También resulta polémico el concepto de autoridad tradicional, pues la misma difiere de una comunidad a otra y mal haría en otorgarse funciones de autoridad a los miembros de consejos regionales, pues no siempre se conjuga en estos organismos la presencia de lideres que ostenten la calidad de autoridad con la calidad política y administrativa.
El juicio al Coronel Trujillo entonces, más que el juicio a la persona, encarna un juicio a la institucionalidad que representa, lo que constituye un hecho político que solo tiene como precedente la acción desarrollada por los Nasa contra miembros de las FARC, del ELN y de las AUC. En ese sentido, los indígenas están actuando en pleno ejercicio de su autonomía e independencia con respecto a los actores del conflicto y se podría concluir que uno de los objetivos era, mas allá del establecimiento de responsabilidades personales, hacer entrega pública de las evidencias que tienen los indígenas sobre los hechos que ocasionaron la muerte del líder indígena Olmedo Ul Secue y dejó herido a Edinson Conda, buscando que estos actos no permanezcan en la impunidad.
El telón de fondo de este juicio es la sistemática violación del DIH y los derechos Humanos de los indígenas caucanos, situación que resulta aun mas grave si se mira desde el prisma nacional. Solo entre el año 2000 y 2003, según registros parciales de la Fundación Hemera, han sido asesinados 56 indígenas del Cauca (16 en el 2000, 11 en el 2001, 8 en el 2002 y 21 en el 2003), en su gran mayoría indígenas Paeces. En ese mismo período los indígenas asesinados en Colombia asciendieron a 340 (73 en el 2000, 33 en el 2001, 105 en el 2002 y 129 en el 2003). Si bien las cifras son demostrativas de las reiteradas violaciones, el llamado de los indígenas constituye una especie de “alerta temprana” para que el gobierno nacional asuma los correctivos necesarios tendientes a garantizar la vida de las comunidades indígenas y la población civil de la zona. Las denuncias realizadas desde Tacueyó en días pasados llaman la atención sobre el peligro que corren las comunidades en medio de los constantes enfrentamientos entre la fuerza pública y grupos de las FARC, a la vez que señalan prácticas reiteradas de maltratos a los comuneros por parte de la fuerza pública, detenciones y señalamientos a líderes indígenas de pertenecer a la insurgencia, el decomiso de bienes de la comunidad con el argumento de que son tecnología avanzada para uso de la guerrilla, la utilización de indígenas como guías del Ejército, la ocupación de sus viviendas por los grupos armados en conflicto, los ametrallamientos aéreos indiscriminados sobre la zona rural causando muerte de animales y daños a viviendas, el lanzamiento de cilindros bomba por parte de la FARC, los desplazamientos forzados, en fin, un sin número de prácticas claramente violatorias del DIH, en las cuales incurren todos los actores.
Las prácticas de resistencia indígena son el resultado lógico de una realidad que los coloca en una grave situación de vulnerabilidad frente a los actores armados y frente al Estado. Los indígenas del Cauca han ensayado todas las formas de resistencia posible, desde las inmensas marchas a la ciudad de Cali, los actos pacíficos de resistencia a las tomas guerrilleras, las permanentes denuncias públicas, hasta los juicios públicos en el pleno ejercicio de su autonomía y sin otro propósito que no sea el de mantenerse como una cultura viva. El ejercicio del derecho propio, enjuiciando a los miembros de las FARC, del ELN y del Ejército, además del significado político, es un hecho demostrativo de valor civil de unas comunidades, que han esgrimido como única arma para su defensa, la fuerza de su palabra y los bastones de mando, que representan la legitimidad de una autoridad ancestral que quieren arrebatarles. El debate entonces no es si ellos pueden juzgar a personas fuera de su comunidad, sino si tienen el derecho legitimo de juzgar a unos actores armados y a un estado que no les garantiza el ejercicio de sus derechos, entre ellos, el más caro de todos: su vida.
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