Organizaciones de la sociedad civil formularon un urgente llamado al Congreso de la República sobre la necesidad de crear un marco legal que contribuya a la búsqueda de la paz y observe los principios de verdad, justicia, reparación y no repetición en la discusión de los proyectos de ley sobre el particular que en la actualidad tramita el legislador.

 

Este pronunciamiento surge en desarrollo de los "Consensos de Organizaciones de la Sociedad Civil" presentados en Cartagena el pasado 2 de febrero e incluye formulaciones sobre aspectos claves que permitan afianzar un proyecto eficaz para avanzar en la búsqueda de la paz negociada.

  

A continuación presentamos el pronunciamiento completo.

 

CONSIDERACIONES DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL RESPECTO AL DEBATE QUE CURSA EN EL CONGRESO SOBRE EL MARCO JURÍDICO PARA LA DESMOVILIZACIÓN

 

Las organizaciones de la sociedad civil colombiana abajo firmantes, en desarrollo de los "Consensos de Organizaciones de la Sociedad Civil", presentados en Cartagena el 2 de febrero de 2005 y que fueron acogidos con beneplácito por la comunidad internacional y el Gobierno Nacional, hacemos la siguiente declaración respecto al proceso legislativo que se surte en el Congreso de Colombia, en relación con los proyectos de ley que pretenden regular la desmovilización de grupos armados ilegales que actúan en el marco del conflicto armado.

 

En primer lugar, reafirmamos la vigencia de los siguientes puntos del documento de Sociedad Civil de Cartagena:

 

 "La solución política negociada es el instrumento más idóneo para terminar con el conflicto armado interno, pues evita el deterioro y la vulneración de los derechos fundamentales de los colombianos y ahorra recursos para las tareas que se imponen en el post conflicto. Llamamos a la comunidad internacional a coadyuvar en la búsqueda de caminos para llegar a una negociación integral de paz, con todos los grupos armados ilegales dispuestos a superar la violencia y el uso de la fuerza.

 

10. Todo proceso de paz se debe regir por un marco legal que observe los principios de verdad, justicia y reparación congruentes con las exigencias del derecho internacional y válidos para situaciones de conflictos armados internos. De igual manera este marco jurídico debe facilitar la concreción de la paz en el territorio nacional. Las victimas deben contar con la posibilidad de participar en dichos procesos y tener garantizado el resarcimiento de sus derechos y dignidad. A su vez, los procesos de paz y negociación política deben adelantarse en un marco de cese de hostilidades verificable.

 

11. En relación al actual proceso de negociación con los grupos de autodefensa y paramilitares, además de reiterar la urgencia de que se garanticen los derechos a la verdad, justicia y reparación, instamos al gobierno y demás instituciones estatales competentes a investigar y sancionar las violaciones del cese de hostilidades, puesto como condición al inicio del proceso, así como a asegurar su inmediato cumplimiento y garantizar hacia el futuro, el desmonte efectivo de toda estructura que permita a esas organizaciones ejercer influencia ilegal en diferentes aspectos de la vida económica, social y política".

 

Igualmente, anotamos en dicho documento que el monopolio único y exclusivo de las armas por parte del Estado es condición básica para la paz y que los servidores públicos están obligados a respetar y proteger los Derechos Humanos, el Derecho Internacional Humanitario, la Constitución y las leyes que regulan sus actividades.

 

Dentro del espíritu de los consensos transcritos, las organizaciones de la sociedad civil  llamamos la atención del Congreso de la República sobre la urgencia de atender las  recomendaciones de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en materia de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.

 

Consideramos que la ley resultante del debate parlamentario debe contener y desarrollar los siguientes temas:

 

1. Desmovilización: La ley que se adopte debe estimular y regular la desmovilización colectiva. Con esa finalidad, se debe procurar que para ser sujeto de los beneficios de la ley, el desmovilizado debe hacer parte de un proceso colectivo que signifique el desmonte total de la estructura a la cual pertenece. Esta exigencia es aun más perentoria para los jefes de tales estructuras.

 

2. En materia de justicia: Se requiere justicia en el marco de la paz. Se debe permitir el otorgamiento de beneficios judiciales a los miembros de los grupos ilegales que actúan en el marco del conflicto armado, sin perjuicio de que se investiguen los crímenes, se juzgue a sus autores y partícipes y se impongan penas apropiadas, ajustadas a los principios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad.

 

3. En materia de verdad: El marco jurídico que se adopte deberá buscar la verdad individual y colectiva, las razones del surgimiento de los grupos armados y su forma de funcionamiento. La sociedad debe conocer la historia de las violaciones con la finalidad de aprender las lecciones del pasado para evitar que se vuelvan a repetir los graves hechos sucedidos.

 

4. En materia de confesión: La persona que se acoja a los beneficios que se establezcan en la ley deberá informar a las autoridades competentes para el juzgamiento de los delitos cometidos durante su permanencia en el grupo armado ilegal que actúa en el marco del conflicto armado. El tratamiento penal de los hechos intencionalmente omitidos no debe ser regulado por la ley que expida el Congreso.

 

5. Entrega de bienes y recursos: Quien se acoja a la ley tendrá que entregar al Estado colombiano todos los bienes y recursos que ha adquirido debido a su participación en el grupo ilegal al que ha pertenecido o por la comisión de cualquier delito anterior a su sometimiento. Estos bienes deben ser restituidos a quienes han sido despojados de ellos por la violencia o la coerción y deben servir para la reparación de las víctimas. El beneficiario de la ley, al momento de  recibir los beneficios, no podrá exceder su patrimonio de aquel que tenía antes de ingresar a la organización armada ilegal. La comprobación de testaferrato para evadir esta obligación será motivo de pérdida de los beneficios. Los bienes que se demuestre que pertenecen a los grupos armados ilegales, así como los bienes que pertenezcan a terceras personas y que tengan origen en la actividad ilegal, deben pasar a propiedad del Estado y concurrir a la reparación.

 

6. Reparación: Las personas que han sido agredidas  por la comisión de delitos por parte de los grupos o personas que se desmovilicen y se acojan a la ley tienen el derecho de ser reparadas integralmente (restitución, rehabilitación, indemnización y garantías de no repetición) por los daños sufridos. Todos los bienes adquiridos ilícitamente por quienes cometieron los delitos deben concurrir a ese propósito. El Estado también deberá concurrir a la reparación de conformidad con las normas nacionales e internacionales que rigen la materia. La reparación debe proceder para personas individuales y comunidades, y tener en cuenta las especificidades de los grupos especialmente discriminados o que por sus características y naturaleza han sido objeto de agresión, como los niños y niñas, los pueblos indígenas y la población afrocolombiana.

 

7. Las mujeres como víctimas de delitos en razón del género: Las mujeres que han sido víctimas de violaciones a sus derechos en razón de su género, de violencia sexual y de delitos contra su autonomía y libertad sexual, cometidos por miembros de los grupos armados ilegales que se beneficien de la ley deberán ser reparadas teniendo en cuenta su condición particular de género. Igualmente, las mujeres víctimas deben disponer de mecanismos efectivos dentro de los procesos que se adelanten contra sus victimarios.

 

Las mujeres y los grupos de mujeres deben participar plenamente en los procesos de paz, por lo que se deben realizar esfuerzos especiales para velar porque las necesidades e intereses de la mujer se tengan en cuenta en las negociaciones políticas. 

 

8. Sobre la participación de las víctimas en el proceso: Se deberá asegurar la participación activa de las víctimas y del Ministerio Público en el control y la fiscalización de las medidas adoptadas para lograr la cabal realización de los derechos a la verdad, la justicia y la reparación.

 

9. Total desmonte de las organizaciones y cese del fuego: Los jefes de las organizaciones que se desmovilicen deben garantizar el total desmonte de las estructuras a las que pertenecen, las conexiones con y aprovechamiento ilegales de la política, la economía, las comunidades y el Estado. No puede quedar vestigio de la organización armada ni de cualquier actividad que no se ajuste en su totalidad a la vida civil.

 

10. Participación en política sólo en el marco de la Constitución y la ley: Por ningún motivo, quienes se acojan a la ley podrán intervenir en la política y en las elecciones por conductos diferentes a aquellos con los que cuentan como ciudadanos colombianos de conformidad con la Constitución y la ley.  La financiación ilegal de campañas, las amenazas, las recomendaciones sobre poblaciones y conductas que se salgan del ejercicio de los derechos ciudadanos deben significar la pérdida de los beneficios otorgados por la ley.  

 

11. Amplio consenso nacional: Las normas y decisiones que se adopten deben gozar de un amplio consenso nacional, con la finalidad de que puedan hacerse efectivas.

 

Reiteramos el apoyo integral a los esfuerzos para superar el conflicto armado, a la negociación  política para llegar a la paz, al respeto íntegro de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, para que cesen sus violaciones y no observancia.

 

Así mismo, esperamos contribuir a encontrar soluciones jurídicas que de manera genuina permitan avanzar por un camino de paz y de justicia, que contribuyan de manera decisiva a que termine el conflicto armado en Colombia, las víctimas sean resarcidas en su dignidad y condición, se conozca la verdad y se haga justicia.

 

Este proceso tiene que servir para rechazar lo ocurrido en el pasado y enviar un inequívoco mensaje a la sociedad y a los responsables, de que lo ocurrido fue inadmisible y que las concesiones jurídicas del presente no constituyen un aval para nuevos crímenes en el futuro.

 

Este es el momento para que nuestro país acometa tareas que si bien difíciles y simultáneas, son impostergables: paz, justicia, verdad y reparación. Todas ahora y sin excusa alguna.

 

Firman:

 

Centrales Sindicales (Central Unitaria de Trabajadores -CUT, Confederación de Trabajadores Colombianos - CTC, Confederación General de Trabajadores -CGT)

 

Asociación Nacional de Empresarios de Colombia – ANDI

Presidencia Consejo Gremial Nacional

 

Sociedad de Agricultores de Colombia – SAC

Vicepresidencia Consejo Gremial Nacional

 

Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio – CONFECÁMARAS

 

Alianza de Organizaciones Sociales y Afines por una Cooperación Internacional para la Paz y la Democracia en Colombia[1]

 

Secretariado Nacional de Pastoral Social



[1] La Alianza de Organizaciones Sociales y Afines por una Cooperación Internacional para la Paz y la Democracia en Colombia está conformada por 125 organizaciones (muchas de las cuales agrupan a su vez a múltiples organizaciones) a partir del documento común “La solución  política y la democracia son el camino”, presentado en las reuniones de la Conferencia de Londres en julio de 2003, y del seguimiento a la Declaración de Londres, suscrita por los gobiernos participantes en dicha conferencia.

La Alianza agrupa diez importantes sectores de la sociedad colombiana: seis grandes sectores sociales con presencia en todas las regiones del país (centrales sindicales, organizaciones indígenas, campesinas, afrocolombianas, movimiento de juntas de acción comunal y organizaciones de mujeres) y cuatro sectores de organizaciones especializadas (de desarrollo, ambientalistas, iniciativas de paz y de derechos humanos).

 

Comentarios   
0 #3 Wilsonzon 20-01-2021 21:07
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