La Organización Indígena Kankuama (OIK), en carta del 19 de mayo, se dirigió a la Dirección de Derechos Humanos y DIH del Ministerio de Relaciones Exteriores y a la Dirección del Programa Presidencial para los Derechos Humanos de la Vicepresidencia de la República denunciando los motivos por los cuales no participó de la reunión del Grupo de Trabajo de seguimiento a las Medidas Provisionales convocada para la misma fecha en Valledupar.
Las autoridades indígenas del pueblo Kankuamo denuncian desconocimiento como autoridad por parte del Alcalde de Valledupar y Dirección Seccional de Fiscalía y solicitan una próxima reunión del grupo de trabajo dentro de un mes.
Decidimos retirarnos de la mesa de trabajo el pasado 19 de mayo en Valledupar "debido a la no asistencia de la mayoría de las autoridades competentes para la toma de decisiones por parte de las entidades que integran dicho Grupo de Trabajo, particularmente el alcalde de Valledupar, el gobernador del Cesar, el director del Programa Presidencial de Derechos Humanos de la Vicepresidencia de la República, entre otros".
Requerimos "un diálogo de gobierno a gobierno con las autoridades facultadas para tomar decisiones y así avanzar en el cumplimiento efectivo de las medidas ordenadas por la Corte, y de los compromisos adquiridos por las diferentes instituciones estatales".
Las autoridades de pueblo Kankuamo sostienen que se vieron obligadas a asumir esta posición debido "a los reiterados incumplimientos o cumplimiento parcial de los compromisos asumidos por el Estado colombiano en el marco de éstas reuniones, que ha llevado a que los miembros del pueblo Kankuamo continúen en situación de extrema gravedad y urgencia, lo cual amerita el mantenimiento de estas medidas, según resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 3 de abril de 2009".
Consideran que "para superar esta situación recurrente es necesario que el estado colombiano asuma un compromiso real y efectivo en cabeza de las autoridades facultadas para la toma de decisiones que lleve a un entendimiento común del problema y una solución compartida para el diseño de adecuadas estrategias para la minimización de la situación de extrema gravedad y urgencia que afrontan los miembros del pueblo indígena Kankuamo, en concordancia con los considerandos 27 y 31 de la Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del pasado 3 de abril de 2009" y del auto 004 de 2009 de la Corte Constitucional colombiana.
Por mandato y direccionamiento de los Mamos y los Mayores de su pueblo Kankuamo, requieren que la reunión y el diálogo se desarrollen "de gobierno a gobierno con las autoridades facultadas para tomar decisiones y así avanzar en el cumplimiento efectivo de los compromisos adquiridos por las diferentes instituciones estatales".
"Es así como a nuestro juicio el Secretario de Gobierno Municipal, quien fungió como Alcalde encargado, el funcionario de la Secretaría de Gobierno Departamental, quien actuó como delegado de la Gobernación del Cesar, los asesores del Programa Presidencial de Derechos Humanos, entre otros, no son las personas competentes para asumir los compromisos y garantizar su efectiva implementación".
Otro hecho que denuncian y preocupa a las autoridades del pueblo Kankuamo es la acusación que profiriera el Director Seccional de Fiscalías del Cesar, Franklin Martínez Solano, en dicha reunión sobre que "los miembros de la Organización Indígena Kankuama, y en particular el Cabildo Gobernador, obstruyen la labor de la Fiscalía en las investigaciones del caso ocurrido el 31 de Diciembre de 2008 en la comunidad de Atánquez".
No conforme con esto afirmó que el Cabildo Gobernador en los informes de medidas provisionales dirigidos a la Corte Interamericana de Derechos Humanos magnifica la gravedad de los hechos ocurridos contra el pueblo Kankuamo para mantener la vigencia de tales medidas, concluyendo que era necesario que la Cancillería realizara un monitoreo interno de cada uno de los casos denunciados por la Organización Indígena Kankuama, por falta a la verdad.
Ante los reiterados señalamientos del Director Seccional de Fiscalía del Cesar, las autoridades indígenas del pueblo Kankuamo "rechazamos de manera categórica las afirmaciones suscitadas por el Fiscal Franklin Martínez y lo exhortamos a que de manera escrita e inmediata allegue las pruebas de sus afirmaciones".
Asimismo conminan al señor Alcalde, a su Secretario de Gobierno Álvaro Castro y a cada una de las instituciones competentes a no desconocer las funciones, competencias, autonomía y autogobierno al interior del resguardo del pueblo Kankuamo; prueba de ello fue "la actuación reiterada del señor Alcalde, Rubén Ava Carvajal Rivadeneira, quien convocó y lideró una reunión el pasado 26 de mayo en la comunidad de Atánquez con presencia del señor Secretario de Gobierno Departamental, el Señor Director Seccional de Fiscalía, los Comandantes del Ejército y la Policía Nacional, entre otros, pese a que en una reunión anterior se le manifestara la inconveniencia de realizarla sin la debida concertación interna".
Requerimiento que esta vez acogieron los miembros de la Décima Brigada Blindada al no desarrollar una jornada inconsulta de expedición de libretas militares programada para este 28 de mayo en Atánquez.
En consecuencia, las autoridades indígenas del pueblo Kankuamo consideran que las situaciones planteadas los colocan en un alto riesgo: "cualquier acto o situación que ponga en riesgo o afecte la vida e integridad física del pueblo Kankuamo, sus autoridades y su territorio ancestral, será responsabilidad exclusiva del Estado colombiano".
A su vez, resaltan que su posición "no busca desconocer la importancia del diálogo como mecanismo de concertación para la búsqueda de soluciones", sino llamar la atención y exhortar al Estado colombiano para que este mecanismo cumpla de manera eficaz los requerimientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y en consecuencia avanzar en el mejoramiento de los canales de comunicación, la construcción de un diagnóstico conjunto y la formulación e implementación de un plan de trabajo en donde se definan acciones concretas, un cronograma de ejecución, responsabilidades específicas y mecanismos de seguimiento y evaluación del cumplimiento de las medidas provisionales.
Por lo tanto, "para avanzar en armonía en la implementación de las medidas provisionales por medio de un plan concreto con una metodología y responsables concretos, instamos a la Dirección de Derechos Humanos y DIH del Ministerio de Relaciones Exteriores a convocar en un término no mayor de un mes una nueva reunión del Grupo de Trabajo en dónde se garantice la participación de los funcionarios de las entidades que conforman el Grupo de Trabajo facultados para la toma de decisiones", puntualizaron las autoridades del pueblo Kankuamo al Gobierno Nacional, entidades y organismos de derechos humanos competentes.
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